
Milei celebró el fallo por YPF en cadena nacional
Durante su discurso, el jefe de Estado no escatimó en adjetivos para describir el impacto que el litigio internacional tuvo sobre la economía argentina. “Fue una aventura suicida que nos podría haber costado todo”, sentenció Milei, refiriéndose a las consecuencias financieras del proceso de expropiación del 51% de las acciones de la petrolera, impulsado hace más de una década.
El Presidente subrayó la magnitud del reciente desarrollo en los tribunales, describiéndolo como un “hecho sin precedentes para el país”. Según sus propias palabras, lograr revertir el escenario adverso en los estrados internacionales era algo “virtualmente imposible”, por lo que consideró la novedad judicial como un triunfo contundente de su administración en el plano legal y exterior.
Reforma a la Ley de Expropiaciones
Más allá del balance sobre el pasado, el discurso presidencial incluyó un anuncio clave de cara al futuro institucional y legislativo del país. Milei adelantó que su gobierno impulsará un proyecto para modificar la actual Ley de Expropiaciones.
Aunque no brindó detalles técnicos exhaustivos sobre el contenido del proyecto, el objetivo de esta reforma, según deslizó el mandatario, será establecer límites más estrictos y evitar que el Estado pueda avanzar sobre la propiedad privada de manera arbitraria o sin prever las graves consecuencias económicas internacionales, como las que derivaron en el millonario juicio por YPF.
El anuncio de esta nueva iniciativa legislativa promete abrir un nuevo frente de debate en el Congreso de la Nación, donde el oficialismo buscará el apoyo de los bloques dialoguistas para avanzar con la modificación de la normativa vigente.
Línea de tiempo de la causa YPF
Cronología con los principales hitos judiciales y políticos del caso, desde el origen del litigio corporativo hasta la reciente resolución en los tribunales de Estados Unidos:
1993 - Privatización y nuevos estatutos: YPF es privatizada. Se introducen estatutos que establecen que cualquier entidad que adquiera el control mayoritario (más del 51% de las acciones) debe realizar una Oferta Pública de Adquisición (OPA) al resto de los accionistas minoritarios para garantizar un trato equitativo.
Abril de 2012 - La expropiación: Durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, con Axel Kicillof en el Ministerio de Economía, el Estado argentino expropia el 51% de las acciones de YPF (pertenecientes a la española Repsol) amparándose en la ley de soberanía hidrocarburífera. El Estado toma el control sin realizar la OPA a los accionistas minoritarios.
2014 - Acuerdo con Repsol: El Estado argentino indemniza a Repsol con bonos por aproximadamente 5.000 millones de dólares, cerrando el litigio exclusivo con la firma española.
2015 - Ingreso de Burford y demanda en Nueva York: El fondo de inversión Burford Capital adquiere en la justicia española los derechos a litigar de Petersen Energía, empresas de la familia Eskenazi que tenían el 25% de YPF y habían entrado en quiebra. Burford presenta la demanda contra Argentina y YPF en el Distrito Sur de Nueva York por incumplimiento de los estatutos. Posteriormente se suma a la demanda el fondo Eton Park.
Marzo de 2023 - Fallo de responsabilidad: La jueza Preska dictamina que la República Argentina incumplió el contrato al no ofrecer una OPA a los minoritarios en 2012. En el mismo fallo, exime a la empresa YPF de cualquier responsabilidad, cargando la obligación legal exclusivamente sobre el Estado nacional.
Septiembre de 2023 - La condena millonaria: El tribunal de Nueva York falla en contra de la Argentina y fija el monto de la indemnización a favor de los fondos litigantes en 16.100 millones de dólares (cifra que con intereses posteriores se aproxima a los 18.000 millones). El Estado argentino apela la sentencia.
Octubre de 2025 - Audiencia de apelación: Se llevan a cabo los alegatos orales ante la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York. La defensa argentina argumenta que la jueza Preska interpretó erróneamente el derecho argentino, sosteniendo que la Ley de Expropiaciones (de orden público) prima sobre un estatuto corporativo privado.
27 de marzo de 2026 - Revocación histórica (Fallo a favor de Argentina): La Corte de Apelaciones anula la condena de primera instancia, liberando a la Argentina del pago de los 18.000 millones de dólares. El tribunal determina que los accionistas no pueden exigir daños al Estado basándose en un estatuto comercial cuando el supuesto incumplimiento fue resultado del poder soberano de expropiación. El presidente Javier Milei celebra la anulación en cadena nacional, critica duramente la gestión de 2012 y anuncia una reforma a la Ley de Expropiaciones. Por su parte, el fondo Burford anticipa que continuará apelando la decisión.
Qué pasos quedan en la justicia de Estados Unidos tras el fallo
Tras la decisión de la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York (que en esta línea de tiempo revoca la condena contra Argentina), el fondo Burford Capital y los demás demandantes tienen opciones muy limitadas, pero el proceso judicial no se cierra automáticamente de un día para el otro.
Estos son los dos caminos legales que le quedan a los litigantes en el sistema federal estadounidense:
Petición de revisión "En Banc" (Rehearing En Banc): Los demandantes pueden solicitar que el caso sea revisado nuevamente, pero esta vez no por el panel de tres jueces que emitió el fallo, sino por la totalidad de los jueces que componen la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito. Es un recurso extraordinario; las cortes suelen concederlo únicamente si el caso involucra una cuestión de extrema importancia o si el fallo entra en conflicto evidente con decisiones previas del mismo tribunal.
Apelación ante la Corte Suprema de EE. UU. (Writ of Certiorari): Es la última instancia definitiva. Burford puede presentar una petición para que el máximo tribunal de Estados Unidos en Washington tome el caso. Sin embargo, la Corte Suprema no está obligada a aceptarlo (tienen poder discrecional absoluto). De hecho, rechazan la gran mayoría de las peticiones, aceptando solo aquellos casos que presentan disputas constitucionales graves, interés nacional o interpretaciones federales contradictorias entre distintos tribunales. Si la Corte Suprema rechaza tomar el caso (denies certiorari), el fallo de la Cámara de Apelaciones a favor de la Argentina queda firme e inapelable.



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