
El Gobierno oficializó por DNU la expulsión de extranjeros que agravien a la Argentina o a sus símbolos patrios
En respuesta a lo que desde el Poder Ejecutivo denominan una "campaña antiargentina" surgida tras la participación de la Selección en la Copa del Mundo, el Gobierno Nacional oficializó este jueves una batería de modificaciones a la ley migratoria mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).
A través del Decreto 681/2026, publicado en el Boletín Oficial, se establece como nueva causal de inadmisión y expulsión del territorio nacional a cualquier extranjero que "promueva o incite mensajes de odio, discriminación o violencia contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por motivos de nacionalidad". La normativa también alcanza a quienes realicen actos de ultraje contra los símbolos nacionales.
Los fundamentos de la medida
En los considerandos de la norma, la administración de Javier Milei justificó la decisión señalando que los recientes episodios de tensión y las declaraciones de hostilidad hacia la República Argentina representan un riesgo para la "convivencia armónica y la paz social".
"Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país", sostuvo un comunicado difundido por la Oficina del Presidente.
Para hacer efectiva una expulsión bajo estos nuevos términos, el artículo 63 modificado establece que las autoridades migratorias deberán tener en cuenta las "circunstancias fácticas y personales del interesado".
Excepciones a la norma
Con el fin de evitar interpretaciones que limiten la libertad de expresión, el texto del decreto aclara de forma explícita los límites de la medida. Las nuevas causales de expulsión no comprenderán las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas que se encuentren enmarcadas dentro del ejercicio legítimo de los derechos constitucionales.
Trámite legislativo
Al tratarse de un Decreto de Necesidad y Urgencia, la norma ya se encuentra en vigencia, pero deberá cumplir con el recorrido institucional correspondiente. El texto será remitido a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso de la Nación, cuerpo que dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para expedirse sobre su validez y elevar el dictamen a ambas Cámaras.



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