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AUBASA: Plan de restitución de árboles en la obra de la nueva bajada de City Bell

La construcción de la nueva bajada de la Autopista Buenos Aires–La Plata en City Bell continúa avanzando y constituye una obra estratégica para mejorar la conectividad, la seguridad vial y la circulación en la región capital de la provincia de Buenos Aires.
El proyecto contempla la ejecución de 2,1 kilómetros de nuevo trazado con doble sentido de circulación, la construcción de pasos sobre las vías del Ferrocarril Roca y los arroyos Martín y Carnaval, además de un terraplén que permitirá optimizar el acceso y la integración de la infraestructura vial.
Actualidad10/07/2026 AUBASA

En el marco del avance de la obra, y particularmente de las tareas que se desarrollan sobre el Camino Centenario, fue necesario intervenir parte del arbolado ubicado dentro del área de ejecución. Esta intervención responde exclusivamente a requerimientos técnicos del proyecto y se lleva adelante bajo estrictos criterios ambientales y en cumplimiento de toda la normativa vigente.

La obra de la nueva bajada de City Bell

Los ejemplares que serán removidos corresponden, principalmente, a especies exóticas e invasoras, como Acacia negra (Gleditsia triacanthos) y distintas variedades de Eucalyptus, las cuales no presentan un valor ambiental significativo dentro del ecosistema local. La selección se realizó priorizando la conservación de especies nativas y minimizando el impacto sobre el ambiente.

En este contexto, AUBASA desarrolló un Plan de Restitución Ambiental que amplía el esquema originalmente previsto de reforestación. La empresa decidió incrementar la tasa de reposición de tres a cinco ejemplares de especies nativas por cada árbol removido, fortaleciendo así la compensación ambiental de la intervención.

Esta decisión busca no solo compensar el impacto generado por la obra, sino también potenciar el patrimonio forestal del sector, fortalecer la biodiversidad y preservar las funciones ambientales, sociales y paisajísticas que brinda el arbolado urbano.

El plan incorpora además la plantación de especies arbustivas nativas que contribuirán a mejorar el funcionamiento ecológico del área y consolidar una propuesta paisajística integrada al entorno.

El objetivo es desarrollar un concepto de “camino parque”, donde la nueva infraestructura vial conviva con espacios verdes de mayor calidad ambiental, favoreciendo una integración armónica entre la obra y el paisaje.

La propuesta de forestación y parquización, incluida en el Plan de Gestión Ambiental (PGA), prevé la implantación de un total de 286 ejemplares entre árboles y arbustos.

Las especies arbóreas previstas son:

 Ceibo: 37 ejemplares.

 Cina Cina: 33 ejemplares.

 Fumo Bravo: 33 ejemplares.

 Molle Incienso:  27 ejemplares.

Las especies arbustivas contempladas son:

 Sen de campo: 14 ejemplares.

 Sauco: 16 ejemplares.

 Margarita de bañado: 42 ejemplares.

 Malvavisco salmón: 14 ejemplares.

 Malvavisco rosado: 50 ejemplares.

 Cortaderas: 20 ejemplares.

Como parte de la estrategia de comunicación con la comunidad, AUBASA también instalará cartelería informativa de carácter ambiental sobre el Camino Centenario.

Estos carteles permitirán informar a vecinos y usuarios sobre el Plan de Restitución de árboles, explicando que la remoción de ejemplares forma parte de una intervención autorizada y que será acompañada por un programa de reforestación con especies nativas. El objetivo es brindar información clara, promover la transparencia del proceso y evitar interpretaciones erróneas durante el desarrollo de la obra.

Estado de situación documental

Con respecto al cumplimiento de la normativa aplicable, Autopistas Buenos Aires S.A. (AUBASA) ha cumplido con la normativa ambiental y administrativa vigente, respetando los procedimientos exigidos por las Autoridades competentes. 

En este sentido, AUBASA elaboró y presentó oportunamente el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental (EIA) (Anexo 1) -aprobado en 2019-, conforme a los requisitos técnicos exigidos en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Integral del Medio Ambiente de la Provincia de Buenos Aires N° 11.723. Este Estudio se llevó a cabo para evaluar los posibles impactos del proyecto, incluyendo aquellos de carácter ambiental y social. 

Uno de los objetivos del Estudio de Impacto Ambiental fue analizar la compatibilidad del proyecto con el área de localización y sus particularidades, así como también prever potenciales afectaciones que requiriesen medidas de mitigación adecuadas. 

Como resultado de este proceso, el Organismo para el Desarrollo Sostenible (OPDS, actual Ministerio de Ambiente de PBA) emitió la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA) mediante la Resolución 127-2021 (Anexo 2), acto administrativo que implica la aprobación del proyecto desde el punto de vista ambiental, es decir, la compatibilidad del proyecto con su área de implantación.

En la DIA se aprobó la propuesta de una tasa de reforestación de 3 a 1, es decir reemplazar plantando al menos 3 ejemplares de especies autóctonas, por cada árbol extraído.

Esta medida compensatoria se encuentra indicada en la página 202 del EIA, y su aprobación en la página 8 de la DIA Adicionalmente, se obtiene una mejora ambiental de la situación debido a que se requiere que las especies con las que se hace el reemplazo sean nativas en lugar de especies invasoras.

De acuerdo con los condicionamientos incorporados al Anexo I de la Resolución 127/2021 (Anexo 3), en el 2026 se presentó oportunamente a las Autoridades competentes el “Informe de Evaluación de las Mejoras Ambientales Introducidas en la Modificación del Proyecto y Actualización de las condiciones Ambientales de la Obra de “Construcción de la conexión de la autopista Buenos Aires – La Plata con el Camino Parque Centenario para acceso a City Bell”, La Plata, que cuenta con DIA en el marco de la Ley 11.723” (Anexo 4).

En este informe se elabora un estudio ambiental para evaluar cambios sustanciales en las condiciones ambientales y cambios en los impactos ambientales evaluados en el Estudio de Impacto Ambiental por la introducción de modificaciones al proyecto de la obra, con el cual se obtuvo la Declaración de Impacto Ambiental en el marco de la Ley N° 11.723. A su vez, se remitió el Plan de Gestión Ambiental (Anexo 5) actualizado. 

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