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Edición N° 615 | Año 2

Es ley la Reforma Laboral: el Senado aprobó el proyecto pero dio marcha atrás con el polémico recorte a las licencias médicas

Tras una extensa sesión que culminó en la madrugada de este sábado, la Cámara Alta sancionó de forma definitiva la Ley de Modernización Laboral. El oficialismo debió ceder ante la presión sindical y opositora, eliminando el artículo que afectaba el salario de los trabajadores enfermos. Sí se aprobaron cambios en el esquema de vacaciones, el período de prueba y las indemnizaciones.
Actualidad28/02/2026 REDACCIÓN

Buenos Aires, 28 de febrero de 2026 — En una jornada maratónica, el Senado de la Nación convirtió finalmente en ley la esperada y debatida Reforma Laboral. El proyecto, que traía media sanción de la Cámara de Diputados, logró conseguir los números necesarios para su aprobación general, aunque el texto final debió ser "podado" en sus puntos más conflictivos para garantizar el consenso.

El gran protagonista del debate fue el régimen de licencias, un tema que hasta último minuto amenazó con hacer caer la sesión.

El freno al artículo 44: las licencias médicas quedan intactas

El punto de mayor fricción entre el Gobierno, los bloques opositores y las centrales sindicales era la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo referida a las licencias por enfermedad o accidente.

El texto original impulsado por el Ejecutivo habilitaba a las empresas a reducir el salario de aquellos empleados que se encontraran de licencia médica, en caso de que la firma dictara suspensiones generales por razones económicas o disciplinarias. Tras arduas negociaciones, el oficialismo aceptó retirar este apartado. De esta manera, el régimen de ausencias por enfermedad se mantiene bajo la normativa vigente, garantizando la intangibilidad del sueldo para el trabajador afectado por problemas de salud.

Vacaciones "a la carta": flexibilización del descanso anual

Donde sí se logró avanzar con el cambio de régimen fue en las licencias por vacaciones. La nueva ley introduce una flexibilización que busca adaptar el descanso a las dinámicas del mercado actual:

  • Fraccionamiento: A partir de la promulgación de la ley, las vacaciones podrán dividirse en períodos más cortos, con un mínimo obligatorio de 7 días continuos.

  • Fechas de común acuerdo: Si bien la ley mantiene el período legal histórico para el otorgamiento (del 1.º de octubre al 30 de abril), ahora se permite que el empleador y el trabajador acuerden formalmente tomar los días de descanso fuera de esa ventana temporal.

Los otros pilares de la nueva ley

Más allá de las licencias, la Ley de Modernización Laboral introduce cambios de fondo en la relación entre empresas y trabajadores:

  1. Extensión del Período de Prueba: Pasa de los tradicionales 3 meses a 6 meses para la regla general, extendiéndose hasta 8 meses para las Pymes de hasta cinco empleados.

  2. Fondo de Cese Laboral: Se habilita un mecanismo alternativo a la indemnización por despido. Las empresas y gremios podrán acordar en sus Convenios Colectivos de Trabajo la creación de un fondo mensual (similar al que rige en la construcción mediante la UOCRA) para cubrir eventuales desvinculaciones.

  3. Fin de las multas por trabajo no registrado: Se eliminan las penalidades económicas y agravamientos indemnizatorios para los empleadores que tengan trabajadores "en negro", apostando en su lugar a un esquema de incentivos y blanqueo laboral.

Con la sanción definitiva, el Gobierno consigue una de sus reformas estructurales clave. Ahora, la mirada está puesta en el Poder Ejecutivo, que deberá promulgar la ley y, sobre todo, redactar la reglamentación que definirá la "letra chica" de cómo se implementarán estos cambios en el día a día de las empresas.

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