
Energía Comunitaria: la Provincia habilitó a los vecinos a asociarse para generar luz y vender el excedente a la red
El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires dio un paso fundamental hacia la transición energética y la descentralización del sistema eléctrico. Mediante la Resolución Nº 17-MIYSPGP-2026, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos habilitó formalmente la "Generación Distribuida Comunitaria", una modalidad que permite a múltiples usuarios asociarse para producir su propia energía renovable y comercializar los excedentes.
La medida, que reglamenta aspectos de la Ley Provincial 15.325 y se alinea con la Ley Nacional 27.424, busca promover el autoconsumo, aliviar la carga sobre la red eléctrica y permitir un ahorro económico significativo para los usuarios residenciales y comerciales.
¿Cómo funciona el sistema "comunitario"?
Hasta ahora, la generación distribuida estaba pensada mayormente para usuarios individuales (una casa con sus propios paneles solares). La gran novedad de esta normativa es la figura del usuario colectivo.
Según el Reglamento aprobado, se define esta modalidad como la asociación de dos o más usuarios que tengan suministros independientes pero que sean atendidos por la misma distribuidora eléctrica (como EDELAP, EDEA, EDEN, EDES o las cooperativas locales). También aplica para un mismo titular que posea múltiples medidores.
Las claves técnicas:
Instalaciones: Deben ser equipos de energías renovables (solar, eólica, biomasa) con una potencia superior a los 10 kW.
Ubicación: Los equipos pueden instalarse en uno de los puntos de suministro existentes (por ejemplo, el techo de un edificio o un club de barrio) o en un punto nuevo dentro del área de concesión.
Economía de escala: Al permitir la inversión conjunta, se reducen los costos de instalación y mantenimiento, haciendo accesible la tecnología a vecinos que quizás no podrían costear un equipo individualmente.
Beneficios en la factura y alivio fiscal
El objetivo central es el autoconsumo: que la energía generada abastezca la demanda de los socios. Sin embargo, cuando los equipos producen más de lo que el grupo consume, ese excedente se inyecta a la red eléctrica.
La distribuidora reconocerá esa energía inyectada mediante una acreditación en dinero en la cuenta de cada usuario participante. El porcentaje de ganancia que le corresponde a cada vecino se definirá mediante un acuerdo privado previo o a través de una persona jurídica conformada por el grupo.
Además, la normativa introduce cambios importantes en la facturación para incentivar la adhesión:
Compensación neta: Se compensará la energía consumida con la inyectada antes de aplicar impuestos.
Menos impuestos: El Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias (FPCT) y otros gravámenes se calcularán solo sobre la energía neta demandada a la red, y no sobre el total, lo que reduce la carga tributaria final.
Exenciones de ARBA: Los proyectos aprobados serán inscriptos por la distribuidora en el Registro RUGER del OCEBA (Organismo de Control de Energía Eléctrica). Esta información se cruzará mensualmente con ARBA para aplicar automáticamente los beneficios fiscales y exenciones previstas en la Ley 15.325.
Un cambio de paradigma
Desde la cartera de Infraestructura destacaron que la medida no solo busca un beneficio económico, sino también optimizar recursos. "Permitir que un consorcio de edificio, un parque industrial pyme o un grupo de vecinos de una cuadra compartan una instalación fotovoltaica democratiza el acceso a la energía verde", explicaron fuentes oficiales.
Con esta reglamentación, Buenos Aires se pone a la vanguardia en la regulación del mercado eléctrico minorista, permitiendo que los bonaerenses pasen de ser simples consumidores a ser protagonistas activos de la matriz energética.
¿Y qué pasa con Edesur?
Tras la reciente resolución del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires que habilita la "generación comunitaria" de energía, muchos vecinos del Conurbano se preguntan si la medida alcanza a los usuarios de Edesur y Edenor.
La respuesta rápida es: Sí, se puede vender energía a Edesur, pero NO bajo la resolución provincial anunciada hoy, sino bajo la Ley Nacional 27.424.
La cuestión de la jurisdicción
La confusión es habitual. Si bien Edesur presta servicio en gran parte del sur del Gran Buenos Aires (Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Almirante Brown, etc.), es una empresa de jurisdicción federal. Esto significa que:
Edesur y Edenor: Están reguladas por el Estado Nacional a través del ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad). Se rigen por la Ley Nacional de Generación Distribuida.
El resto de la Provincia: Las distribuidoras como EDELAP, EDEN, EDES, EDEA y las Cooperativas eléctricas (que operan en el interior y la costa) están reguladas por la Provincia a través del OCEBA. Ellas son las beneficiarias directas de la nueva normativa provincial lanzada hoy.
¿Cómo vendo energía si soy de Edesur?
Si sos cliente de Edesur, ya podés generar tu propia energía (generalmente con paneles solares) y vender el excedente, pero el trámite es diferente y ya está vigente hace tiempo. Para hacerlo, debés convertirte en Usuario-Generador (UG). El proceso es el siguiente:
Instalación: Contratar un instalador calificado para colocar los equipos de energía renovable.
Trámite TAD: Iniciar la gestión en la plataforma de "Trámites a Distancia" (TAD) del Gobierno Nacional, solicitando la reserva de potencia.
Medidor Bidireccional: Una vez aprobado técnicamente, Edesur debe instalar un medidor bidireccional. Este aparato es la clave del sistema: cuenta la energía que consumís de la red y, por separado, la energía que "inyectás" (vendés) a la red.
¿Cuánto pagan?
En el esquema de Edesur (Nacional), la energía que inyectás a la red se te descuenta de la factura.
Ahorro: Primero, ahorrás porque consumís tu propia energía y no la de la red.
Venta: La energía que te sobra y entra a la red se paga a un precio mayorista estipulado por CAMMESA. Si bien no suele ser una suma millonaria, ayuda a reducir considerablemente el monto final de la boleta.


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