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La Justicia declaró la nulidad del protocolo antipiquetes y el Gobierno confirmó que apelará el fallo

La Justicia federal declaró la nulidad del protocolo antipiquetes aplicado por el Gobierno nacional para intervenir en manifestaciones y cortes de calle, en un fallo que representa un nuevo revés judicial para la administración. La decisión fue tomada por el juez en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11, Martín Cormick, quien hizo lugar a una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y otras organizaciones sindicales y de derechos humanos. Según el magistrado, la resolución 943/2023 —implementada originalmente por Patricia Bullrich y continuada por la actual ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva— presenta vicios legales, avanza sobre facultades exclusivas del Congreso y vulnera derechos constitucionales como la libertad de expresión, la libertad de reunión y el derecho a peticionar a las autoridades.
Actualidad29/12/2025 REDACCIÓN
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En una sentencia de 38 páginas, Cormick sostuvo que el Poder Ejecutivo se arrogó facultades legislativas al regular por resolución administrativa aspectos vinculados al derecho penal y procesal. El juez remarcó que la protesta social no puede ser tratada como un delito en flagrancia de manera automática, tal como establecía el protocolo, que habilitaba la intervención inmediata de las fuerzas federales sin orden judicial. Para el magistrado, la decisión de ordenar o no el uso de la fuerza pública en una manifestación corresponde exclusivamente a jueces y fiscales, no a funcionarios del Ejecutivo ni a jefes policiales.

El fallo también cuestionó las tareas de identificación, filmación y recolección de datos sobre manifestantes previstas en el protocolo, al considerar que vulneran la Ley de Inteligencia Nacional, que prohíbe al Estado almacenar información sobre ciudadanos por razones ideológicas o de pertenencia a organizaciones sociales. Además, señaló que la normativa no contemplaba criterios diferenciados para grupos vulnerables —como niños, adultos mayores o personas con discapacidad—, lo que constituye una omisión grave en términos de estándares de derechos humanos.

La resolución judicial ordena al Ministerio de Seguridad abstenerse de aplicar el protocolo y adecuar su actuación a las normas vigentes del Código Procesal Penal. Se trata del segundo fallo adverso para el Gobierno firmado por Cormick en pocos días: la semana pasada había ordenado cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, también suspendida por el Ejecutivo.

Tras conocerse la decisión, fuentes oficiales confirmaron que el Gobierno apelará el fallo. La administración sostiene que la nulidad del protocolo afecta la capacidad del Estado para garantizar la libre circulación y el orden público, y buscará revertir la medida en instancias superiores. La apelación se presentará ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, lo que abre un escenario de disputa judicial que podría escalar hasta la Corte Suprema.

El protocolo antipiquetes había sido aplicado por última vez a mediados de diciembre, durante la marcha de la CGT contra la reforma laboral. Organizaciones sindicales y de derechos humanos celebraron el fallo y señalaron que la normativa había derivado en un uso excesivo de la fuerza en distintas manifestaciones. Desde ATE, por ejemplo, afirmaron que si la Justicia hubiera intervenido antes “se habrían evitado más de 1400 heridos” en protestas recientes.

La decisión judicial reabre el debate sobre los límites del Estado en la gestión de la protesta social, un tema que atraviesa a la política argentina desde hace décadas. Mientras el Gobierno insiste en la necesidad de garantizar la circulación y el orden, las organizaciones sociales y de derechos humanos sostienen que cualquier regulación debe respetar los estándares constitucionales y no criminalizar la manifestación pública. Con la apelación ya anunciada, el conflicto promete continuar en los tribunales y mantener en tensión la relación entre el Ejecutivo y el Poder Judicial.

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