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La Provincia de Buenos Aires amplió el horario de venta minorista de bebidas alcohólicas: ahora se podrá comprar entre las 10:00 y las 23:00 durante la temporada de verano, desde el 1 de diciembre hasta el 30 de abril; fuera de ese período el horario vuelve a ser de 10:00 a 21:00.
Actualidad04/12/2025 REDACCIÓN
El Gobierno bonaerense oficializó la extensión del horario de expendio de bebidas alcohólicas para la temporada estival: la venta minorista y las entregas a domicilio quedan permitidas entre las 10:00 y las 23:00 desde el 1 de diciembre hasta el 30 de abril; el resto del año la franja autorizada es de 10:00 a 21:00.
La norma alcanza a supermercados, kioscos, autoservicios, despensas y plataformas de delivery, y regula tanto la venta presencial como la entrega a domicilio, manteniendo la prohibición de expendio fuera de la franja horaria establecida. La ley provincial 15.109 es la que fija estas franjas diferenciadas por temporada y establece la prohibición de venta entre las 23:00 y las 10:00 durante el período estival.
Desde la Provincia explican que la ampliación responde a la dinámica propia del verano: mayor circulación en zonas turísticas y demanda vespertina y nocturna, por lo que la medida busca ordenar la actividad comercial y dar mayor margen de trabajo a los comercios locales, especialmente en distritos costeros. Para los comerciantes, la extensión representa un alivio operativo al reducir la urgencia de compras de último momento; para las autoridades, implica la necesidad de reforzar controles para evitar expendio a menores y ventas fuera de horario.
La normativa mantiene la obligación de verificar la mayoría de edad en cada venta y en las entregas por delivery, por lo que los comercios deben exigir documentación y los repartidores confirmar la identidad del comprador al momento de la entrega. Las autoridades provinciales y municipales suelen recordar además la importancia del consumo responsable y la coordinación con fuerzas de seguridad para prevenir desordenes públicos durante la temporada alta.
En la práctica, el calendario queda dividido en dos etapas claras: 1 de diciembre a 30 de abril — venta permitida de 10:00 a 23:00; 1 de mayo a 30 de noviembre — venta permitida de 10:00 a 21:00. La medida ya está en vigencia desde principios de diciembre y se mantendrá hasta fines de abril, cuando volverá a regir la franja más acotada.
La modificación busca equilibrar la actividad comercial con la regulación sanitaria y de orden público en la Provincia. Comerciantes y consumidores deben adaptarse a los horarios y respetar la verificación de edad para evitar sanciones y contribuir a un verano más ordenado.

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