
La Justicia bonaerense revocó el hábeas corpus que frenaba el nuevo Régimen Penal Juvenil
REDACCIÓNEl recurso había sido presentado por una Asociación Civil y había prosperado en primera instancia, cuando la jueza Marta Pascual del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora consideró que no existían condiciones materiales ni institucionales para aplicar la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. La magistrada había señalado problemas de infraestructura, hacinamiento y falta de recursos en los centros de privación de libertad.
Sin embargo, los jueces Miguel Carlos Navascués y Miguel María Alberdi, integrantes de la Sala I de la Cámara, revocaron la medida al considerar que el hábeas corpus era “inadmisible”. Argumentaron que este tipo de recurso solo procede frente a una amenaza concreta a la libertad ambulatoria y no frente a una eventualidad futura. Además, remarcaron que un juez no puede suspender de manera general una ley nacional sancionada por el Congreso mediante una cautelar, ya que las normas gozan de presunción de legitimidad.
La decisión implica que la Ley 27.801 se aplicará en territorio bonaerense, derogando el régimen anterior de la Ley 22.278. El nuevo sistema establece procedimientos diferenciados para adolescentes, con medidas socioeducativas y la posibilidad de condenas en casos graves.
El fallo fue celebrado por el Ministerio Público Fiscal, que sostuvo que no había evidencia concreta de violaciones de derechos por la aplicación de la norma. En contraste, organizaciones sociales y de derechos de la niñez advirtieron que la implementación sin recursos adecuados podría agravar la vulnerabilidad de los adolescentes.
La discusión sobre el Régimen Penal Juvenil se mantiene abierta: mientras la Justicia reafirma la vigencia de la ley, el desafío será garantizar condiciones materiales y humanas que permitan su aplicación sin vulnerar derechos fundamentales.


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