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title: "Buenos Aires amplía el horario de venta de alcohol en verano: ahora se podrá comprar de 10 a 23"
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description: "La Provincia de Buenos Aires amplió el horario de venta minorista de bebidas alcohólicas: ahora se podrá comprar entre las 10:00 y las 23:00 durante la temporada de verano, desde el 1 de diciembre hasta el 30 de abril; fuera de ese período el horario vuelve a ser de 10:00 a 21:00."
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date_published: "2025-12-04T07:57:00-03:00"
date_modified: "2025-12-04T08:06:37-03:00"
author_name: "REDACCIÓN"
category_name: "Actualidad"
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category_description: "INFORMACIÓN DEL GOBIERNO NACIONAL, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CIUDAD DE BUENOS AIRES Y MUNICIPIOS DEL CONURBANO SUR"
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# Buenos Aires amplía el horario de venta de alcohol en verano: ahora se podrá comprar de 10 a 23

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El Gobierno bonaerense **oficializó la extensión del horario de expendio de bebidas alcohólicas para la temporada estival**: la venta minorista y las entregas a domicilio**quedan permitidas entre las 10:00 y las 23:00 desde el 1 de diciembre hasta el 30 de abril; el resto del año la franja autorizada es de 10:00 a 21:00.**

La norma **alcanza a supermercados, kioscos, autoservicios, despensas y plataformas de delivery, y regula tanto la venta presencial como la entrega a domicilio, manteniendo la prohibición de expendio fuera de la franja horaria establecida.** La ley provincial 15.109 es la que fija estas franjas diferenciadas por temporada y establece la prohibición de venta entre las 23:00 y las 10:00 durante el período estival.

Desde la Provincia explican que **la ampliación responde a la dinámica propia del verano: mayor circulación en zonas turísticas y demanda vespertina y nocturna, por lo que la medida busca ordenar la actividad comercial y dar mayor margen de trabajo a los comercios locales, especialmente en distritos costeros.** Para los comerciantes, la extensión representa un alivio operativo al reducir la urgencia de compras de último momento; para las autoridades, implica la necesidad de reforzar controles para evitar expendio a menores y ventas fuera de horario.

La normativa **mantiene la obligación de verificar la mayoría de edad en cada venta y en las entregas por delivery, por lo que los comercios deben exigir documentación y los repartidores confirmar la identidad del comprador al momento de la entrega.** Las autoridades provinciales y municipales suelen recordar además la importancia del consumo responsable y la coordinación con fuerzas de seguridad para prevenir desordenes públicos durante la temporada alta.

En la práctica,**el calendario queda dividido en dos etapas claras: 1 de diciembre a 30 de abril**— venta permitida de 10:00 a 23:00; **1 de mayo a 30 de noviembre** — venta permitida de 10:00 a 21:00. La medida ya está en vigencia desde principios de diciembre y se mantendrá hasta fines de abril, cuando volverá a regir la franja más acotada.

La modificación **busca equilibrar la actividad comercial con la regulación sanitaria y de orden público en la Provincia.** Comerciantes y consumidores deben adaptarse a los horarios y respetar la verificación de edad para evitar sanciones y contribuir a un verano más ordenado.

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